empleo en España

Los interinos elegidos para cargos pol韙icos tienen derecho a la reserva de plaza




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21-12-2017

EUROPA PRESS Seg煤n sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni贸n Europea. As铆 no existir铆a trato discriminatorio con respecto a los funcionarios de carrera, que tienen reconocido un permiso especial para estos casos. El Tribunal de Justicia de la Uni贸n Europea (TUE) ha dictado una sentencia en la que declara que los funcionarios interinos elegidos para desempe帽ar un cargo pol铆tico tienen derecho al mismo permiso especial que la norma espa帽ola concede a los funcionarios de carrera cuando se hallan en situaciones de servicios especiales o de excedencia voluntaria. Este permiso especial implica la reserva de la plaza y de destino y su derecho a la promoci贸n hasta que expire su mandato en el cargo pol铆tico para el que el funcionario fue elegido. El TUE dicta este fallo a ra铆z de una cuesti贸n que le eleva el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n煤mero 1 de Oviedo sobre el caso de una trabajadora que, tras a帽os de prestar servicios para el Principado de Asturias, fue nombrada en abril de 2011 funcionaria interina para sustituir a otra que se hallaba en comisi贸n de servicios. En mayo de 2015 esta trabajadora interina fue elegida diputada en las elecciones a la Junta General del Principado de Asturias, motivo por el que solicit贸, un mes m谩s tarde, que se la declarara en situaci贸n de servicios o de excedencia voluntaria. Su petici贸n fue denegada debido a que la normativa espa帽ola determina que s贸lo pueden obtener dicha condici贸n los funcionarios de carrera. El Juzgado de Oviedo que ha analizado el litigio considera que el car谩cter temporal de las funciones desempe帽adas por un funcionario interino no constituye una raz贸n objetiva que justifique un trato diferenciado respecto a los funcionarios de carrera, impidi茅ndole reincorporarse a su puesto al expirar el mandato parlamentario. En virtud del Acuerdo marco sobre el trabajo de duraci贸n determinada de 1999 firmado por patronales y sindicatos europeos, en el que se establece que en materia de "condiciones de trabajo" no puede discriminarse a los trabajadores temporales respecto a los trabajadores fijos comparables, el Juzgado de Oviedo pregunta al TUE si el concepto de "condiciones de trabajo" incluye el derecho de un trabajador a ser declarado en situaci贸n administrativa cuando es elegido para un cargo pol铆tico. Tambi茅n pregunta el tribunal asturiano por si el trato diferenciado que existe en la normativa espa帽ola entre funcionarios interinos y de carrera es compatible con el principio de no discrimaci贸n. Tras analizar el caso, el聽 Tribunal de Justicia de la Uni贸n Europea establece que en el concepto "condiciones de trabajo" del Acuerdo marco debe considerarse incluido el permiso por elecci贸n para un cargo pol铆tico. Adem谩s, el TUE observa que existe una diferencia de trato entre los trabajadores con contrato de trabajo de duraci贸n determinada y los trabajadores fijos en lo que respecta al reconocimiento del permiso por servicios especiales, ya que, a diferencia de un funcionario de carrera, el interino no tiene derecho al mismo y se ve obligado a dimitir de su puesto para poder desempe帽ar un cargo pol铆tico representativo. Seg煤n el TUE, incumbe al juzgado espa帽ol determinar si la trabajadora se encuentra en una situaci贸n comparable a la de los empleados p煤blicos con una relaci贸n de servicio por tiempo indefinido nombrados por la misma autoridad durante el mismo periodo de tiempo. "Si 茅ste es el caso y se declara entonces la existencia de una desigualdad de trato, le corresponder谩 comprobar si 茅sta puede estar justificada por razones objetivas", apunta. En todo caso, el TUE afirma que la negativa a conceder a los trabajadores con un contrato de duraci贸n determinada el derecho a este permiso especial "no parece a primera vista indispensable" para alcanzar el objetivo perseguido por la normativa espa帽ola (el mantenimiento del puesto y el derecho a la promoci贸n de los trabajadores fijos) en la medida en que el juzgado asturiano ha determinado que es "perfectamente concebible" que estos trabajadores, cuando ostenten un cargo pol铆tico, disfruten de ese permiso especial hasta la expiraci贸n del mandato, momento en que se les garantizar铆a el reingreso en su puesto, siempre que, entretanto, no hubiera sido amortizado u ocupado por un funcionario de carrera.







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